PAGO

¿Qué pasa si paga un tercero sin conocimiento del deudor?

Respuesta

Art. 1573. “El que paga sin el conocimiento del deudor no tendrá́ acción sino para que este le reembolse lo pagado; y no se entenderá́ subrogado por la ley en el lugar y derechos del acreedor; ni podrá́ compeler al acreedor a que le subrogue”.