INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

¿Qué características tiene la cláusula penal?

Respuesta

-Es una obligación accesoria y condicional, pues depende del incumplimiento de la obligación principal.

-Su exigibilidad es eventual: sólo puede exigirse si el deudor incumple o se atrasa en el cumplimiento de la obligación principal.
-Puede ser pactada al momento de celebrar el contrato o posteriormente, pero siempre antes del incumplimiento.