OBLIGACIONES

¿Qué son las obligaciones alternativas?

Respuesta

Según el artículo 1499 del Código Civil, la obligación alternativa es aquella en que se deben varias cosas de tal manera que la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras. Es decir, basta cumplir con una de las prestaciones, a elección del deudor, salvo pacto en contrario. Ejemplo: “Te entregaré un caballo o un auto”; cumpliendo con uno de ellos, el deudor queda liberado.