ACCIÓN REIVIDICATORIA

¿Qué cosas no son susceptibles de reivindicarse?

Respuesta

1)El derecho de herencia, pues recae sobre una universalidad jurídica.

2) Los derechos personales, sin perjuicio de la reivindicación del documento en que constan.

3) Las cosas muebles cuyo poseedor las haya comprado en una feria, tienda, almacén u otro establecimiento industrial en que vendan cosas de la misma clase (Art. 890 inc. 2o CC).

4)Caso relativo al pago de lo no debido: el supuesto acreedor enajena la cosa pagada