NULIDAD

¿Cuales son las causales de nulidad absoluta?

Respuesta

Según el artículo 1682 del Código Civil, hay nulidad absoluta cuando:

Hay objeto ilícito.

Hay causa ilícita.

Se omite alguna solemnidad o formalidad que la ley prescribe para el valor del acto, considerando la naturaleza del acto y no la calidad de las personas.

El acto es realizado por una persona absolutamente incapaz.